martes, 4 de marzo de 2008

LA HUELGA EN LA UAM AFECTA A APROXIMADAMENTE 45 MIL ESTUDIANTES PERTENECIENTES A LAS 4 UNIDADES

Desde el otro blog del CEN se tiene la siguiente información de este post, donde se lee una postura sobre la afectación a estudiantes por parte de la huelga.

LA HUELGA EN LA UAM AFECTA A APROXIMADAMENTE 45 MIL ESTUDIANTES PERTENECIENTES A LAS 4 UNIDADES

La UAM, institución académica comprometida con la educación de excelencia con más de 34 años de experiencia, se encuentra cerrada debido a que el pasado 1º de febrero, los trabajadores pertenecientes al Sindicato Independiente de la UAM (SITUAM) iniciaron una huelga debido a que las autoridades no pudieron cubrir sus exigencias.

Como previamente se menciona nuestra postura es neutral, no estamos con el SITUAM ni con las autoridades, aunque tampoco en contra de ellas, simplemente tomamos conciencia de cómo repercute esto en nuestra vida académica
Sin embargo, queremos recordarles que al tomar estas decisiones y mantener como postura, cerrar las instalaciones, ambos están violando nuestro derecho a la educación consagrado en el Art. 3º Fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice:
“Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este articulo”.

Reconocemos y respetamos el derecho de los trabajadores a la huelga, así como los esfuerzos de las autoridades por satisfacer las demandas de los mismos; pero omando en cuenta también el Art.109 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, otra de las bases jurídicas en nuestra postura, señala:

“Al resolverse que una declaración de huelga es legal, el tribunal a petición de las autoridades correspondientes y tomando en cuenta las pruebas presentadas, fijará el número de trabajadores que los huelguistas estarán obligados a mantener en el desempeño de sus labores, a fin de que continúen realizándose aquellos servicios cuya suspensión perjudique la estabilidad de las instituciones, la conservación de las instalaciones o signifique un peligro para la salud pública”.

Con esta huelga, la comunidad universitaria se está viendo privada del derecho al uso de los planteles, incluso la economía de nuestras familias se ha visto afectada. De esta manera, con base en el Art. 6° del Reglamento de Alumnos de la Legislación Universitaria, que a la letra dice:

“Cuando a un alumno se le impida el ejercicio de sus derechos ó se trasgreda alguno de ellos, podrá acudir ante el director de división correspondiente ó ante el secretario de la unidad, para que inicie de inmediato el procedimiento de solución”.Por tanto exhortamos a ambas partes para que haya una intervención adecuada.

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